¿Estas a favor de la PRISIÓN PERMANENTE REVISABLE?

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Amaia y Candela, de 4 y 9 años, fueron asesinadas por su padre el 31 de julio de 2015 en Moraña (Pontevedra). El empresario inmobiliario, David Oubel, se despidió de los 15 días de vacaciones que había tenido con sus hijas comprando una radial y segándoles la vida. A pesar de drogarlas, tras las autopsias el Instituto de Medicina legal de Galicia concluyó que "la ingesta no fue suficiente para producir su inconsciencia, pero no tuvieron posibilidad de defenderse.
Amaia y Candela, de 4 y 9 años, fueron asesinadas por su padre el 31 de julio de 2015 en Moraña (Pontevedra). El empresario inmobiliario, David Oubel, se despidió de los 15 días de vacaciones que había tenido con sus hijas comprando una radial y segándoles la vida. A pesar de drogarlas, tras las autopsias el Instituto de Medicina legal de Galicia concluyó que «la ingesta no fue suficiente para producir su inconsciencia, pero no tuvieron posibilidad de defenderse.

La prisión permanente revisable es la máxima pena privativa de libertad del Código Penal español. Fue aprobada en el Congreso de los Diputados el 26 de marzo de 2015, como parte de la Ley de Seguridad Ciudadana, con el único apoyo del Partido Popular y en el contexto del Pacto antiyihadista. Entró en vigor el día 31 de ese mes.

Descripción
La pena de prisión permanente revisable puede ser impuesta únicamente en supuestos de excepcional gravedad (asesinatos especialmente graves, homicidio del jefe del Estado o de su heredero, de jefes de Estado extranjeros y en los supuestos más graves de genocidio o de crímenes de lesa humanidad) en los que esté justificada la imposición de una prisión permanente, si bien sujeta a revisión: tras el cumplimiento íntegro de una parte relevante de la condena, cuya duración depende de la cantidad de delitos cometidos y de su naturaleza, el penado puede obtener una libertad condicionada al cumplimiento de ciertas exigencias, en particular, la no comisión de nuevos delitos.

Una vez cumplida una parte mínima de la condena, un tribunal colegiado deberá valorar nuevamente las circunstancias del penado y del delito cometido y podrá revisar su situación personal. Esta revisión judicial periódica garantiza un horizonte de libertad para el condenado. Cumplida esa primera parte mínima de la pena, si el tribunal considera que no concurren los requisitos necesarios para que el penado pueda recuperar la libertad, se fijará un plazo para llevar a cabo una nueva revisión de su situación; y si, por el contrario, el tribunal valora que cumple los requisitos necesarios para quedar en libertad, se establecerá un plazo de libertad condicional en el que se impondrán condiciones y medidas de control orientadas tanto a garantizar la seguridad de la sociedad, como a asistir al penado en esta fase final de su reinserción social.

Sin embargo la mayoría de partidos políticos están en contra de esta medida.
Por eso queremos preguntar:


¿Estás a favor de la PRISIÓN PERMANENTE REVISABLE?

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Saber mas:
http://noticias.juridicas.com/conocimiento/articulos-doctrinales/4914-prision-permanente-revisable/
http://www.elmundo.es/sociedad/2017/10/10/59dd22c8268e3e7f048b45b1.html
http://www.publico.es/sociedad/crimen-morana-abre-debate-cadena.html

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17 comentarios en “¿Estas a favor de la PRISIÓN PERMANENTE REVISABLE?

  1. Para mí el problema reside en darle este poder al estado. Actualmente se haría con lógica, y hay monstruos que no deberían pisar la calle nunca más.
    Pero no sabemos quién gobernará mañana, ni como aplicará una ley de tal envergadura. Es fácil enmendar la ley y aplicarsela a un tuitero «por crímenes contra la humanidad y terrorismo»

  2. Yo soy partidario del código de Amurabi. Ojo por ojo y diente por diente, pero como eso no puede ser ahora. Pero a lo de la prisión permanente revisable, cuando se trata de asesinato, homicidio, violacion,pederastia, etc. Creo que le sobra lo de REVISABLE. Habria que poner «prisión hasta que se PUDRA».

  3. La pena de muerte es demasiado benévola para ciertos psicópatas. Cadena perpetua con trabajos forzados y sin ningún tipo de revisión, nada de estar en chirona como en el salón de su casa.

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  4. Yo quitaría lo de revisable. Prisión permanente y con trabajos forzosos para pagar sus gastos. Cumplimiento íntegro de las condenas sin rebajas ni descuentos. Qué no están entrando al corte inglés. Y castración física y química sin anestesia.

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  5. Yo a los que no tienen reinserción posible les aplicaría el garrote vil (me gustan las tradiciones españolas). Nos ahorramos en mantener delincuentes que viven mejor que mucha gente fuera de la cárcel.

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  6. No estoy de acuerdo,Sí se tiene que cumplir la Constitución que sea en todo ó que sé redacte otra que todos podamos votar,Pero él artículo 25/2 da él derecho a todo preso a la reinserción social. Y estoy un poco harto de que en este país la Constitución se aplique sólo al interés y conveniencia según el interés de unos cuantos.

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    1. En medicina ningún tumor es reinsertable, ya que daña al organismo, por lo tanto estos que matan y violan y dañan a la sociedad , no tienen derecho a la reinserción

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